Descripción
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Fortalece El Sistema Inmunol+?gico
Reishi e.s. (20:1,50% Polisac+?ridos) 150mg, Shiitake e.s. (5:1,6% Polisac+?ridos) 150mg, Maitake e.s. (2.1,10% Polisac+?ridos) 150mg, Acerola e.s. (2:1,50% Vitamina C) 150mg, (75mgVit.C-93,75% VRN), Astragalos e.s. (5:1,16% Polisac+?ridos) 1502mg, Vitamina E Acetato 24mg, (12mg Vit. E – 100% VRN), Gluconato de Cobre 14mg, (1,96 mg Cobre – 196% VRN), Antiaglomerante (Mezcla de EXtracto de Arroz Org+?nico) y +?cido F+?lico 200++g (100% VRN). C+?psula Vegetal (Hipromelosa).
Modo de Empleo:
Tomar con la comida.
Referencias
10859 ( 60 C+?psulas).
| C+?psulas | 60 |
|---|
Los ingredientes de este suplemento pueden ofrecer una serie de beneficios para el sistema inmunol+?gico. Aqu+? hay una descripci+?n de c+?mo cada ingrediente puede contribuir a fortalecer el sistema inmunol+?gico:
En resumen, este suplemento contiene una combinaci+?n de ingredientes que pueden ayudar a fortalecer y mejorar la funci+?n del sistema inmunol+?gico, lo que puede ayudar a proteger contra enfermedades e infecciones.
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La fitoterapia se refiere a la práctica que tiene como objetivo tratar o aliviar los trastornos utilizando plantas y principios activos naturales.
Sí. Las directivas europea ( Directiva 2002/46/CE ) y francesa ( decreto n°2006-352 del 20 de marzo de 2006 ) regulan los complementos alimenticios y los definen como «productos alimenticios cuyo fin es complementar una dieta normal y que constituyen una fuente concentrada de nutrientes u otras sustancias que tengan un efecto nutricional o fisiológico». Estas directivas imponen a los complementos alimenticios las mismas reglas para los complementos que se aplican a los alimentos y no a los medicamentos.
En Francia, los complementos alimenticios tienen la condición de producto alimenticio específico y, por lo tanto, pueden comercializarse dentro y fuera de las farmacias.
Los complementos alimenticios son examinados por la Dirección General de Competencia, Consumo y Prevención del Fraude (DGCCRF), dependiente del Ministerio de Economía.
Los ingredientes autorizados están definidos por el artículo 4 del decreto n°2006-352 del 20 de marzo de 2006 relativo a los complementos alimenticios.
Se estipula que “sólo podrán utilizarse para la fabricación de complementos alimenticios:
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