Información adicional
| Peso | N/D |
|---|---|
| Tama+?o | 250ml, 500ml |
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€1,00 - €2,00Rango de precios: desde €1,00 hasta €2,00 IVA
Jarabe Depurativo y Diur+?tico
Ingredientes Por Dosis Diaria (30ml):
Agua Desmineralizada csp 30ml, Fructosa, Parietaria E.F. 0,31ml, Grama E.F.0,31ml, Fumar+?a E.F.0,31ml, Rompepiedras E.F.0,31ml, Zarzaparrilla E.S. (10:1,10%Polifenoles) 0,08mg Ortiga Verde E.S (10:1,1% Silicina)0,08mg, Cola Caballo E.S.(5:1,7%Silicina) 0,08mg, Desmodium (10:1) 0,08mg, Meliloto E.S.(15:1,1% Cumarina) 0,08mg, Or+?gano E.S. (5:1) 0,06mg, Acidulante (+?cido Citrico) y Conservante (Antifermento).
Dosis Diaria Recomendada: 20-30 ml
Modo de Empleo:
Tomar diferentes mezclas con agua o infusi+?n; tambien se puede diluir en 1,5L de agua y beberlo durante todo el dia.Agitar antes de usar.
Referencias
10212 (250 ml) Y 10315 (500 ml ).
Disponible para reserva
| Peso | N/D |
|---|---|
| Tama+?o | 250ml, 500ml |
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La fitoterapia se refiere a la práctica que tiene como objetivo tratar o aliviar los trastornos utilizando plantas y principios activos naturales.
Sí. Las directivas europea ( Directiva 2002/46/CE ) y francesa ( decreto n°2006-352 del 20 de marzo de 2006 ) regulan los complementos alimenticios y los definen como «productos alimenticios cuyo fin es complementar una dieta normal y que constituyen una fuente concentrada de nutrientes u otras sustancias que tengan un efecto nutricional o fisiológico». Estas directivas imponen a los complementos alimenticios las mismas reglas para los complementos que se aplican a los alimentos y no a los medicamentos.
En Francia, los complementos alimenticios tienen la condición de producto alimenticio específico y, por lo tanto, pueden comercializarse dentro y fuera de las farmacias.
Los complementos alimenticios son examinados por la Dirección General de Competencia, Consumo y Prevención del Fraude (DGCCRF), dependiente del Ministerio de Economía.
Los ingredientes autorizados están definidos por el artículo 4 del decreto n°2006-352 del 20 de marzo de 2006 relativo a los complementos alimenticios.
Se estipula que “sólo podrán utilizarse para la fabricación de complementos alimenticios:
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